este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda: HOMOLOGAR EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TERMINOS, impartiéndole la debida aprobación. Téngase pasado como en Sentencia con autoridad de Cosa Juzgada. En consecuencia queda establecido: Que el ciudadano: WILFRED JOSE PEREZ ALVARADO, convino parcialmente en la solicitud de la Fijación de la Obligación de Manutención en beneficio de su hijo IDENTIDAD OMITIDA y convino con la madre en pasarle a partir del presente mes la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00) mensual, por concepto de PENSIÓN DE ALIMENTO, la cual será depositada de forma quincenal; y en pasarle la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 2.500,00) en el mes de Diciembre de cada año por concepto de AGUINALDOS; así mismo cubrir conjuntamente con la madre por partes iguales los gastos de enfermedad y medicina de su hijo, los conceptos de Pensión de Alimento y Aguinaldos serán depositados en Cue.....