DECISIÓN
Por los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, este Juzgado Primero De Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil y Transito De La Circunscripción Judicial Del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
1.- Inadmisible la demanda por cumplimiento de contrato de compra y venta de bienes muebles y de pago de cánones de arrendamiento, interpuesta por el ciudadano TONY ROBERTO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.551.178, representado judicialmente por los abogados LUIS FONSECA MUÑOZ Y SORAYA LUCAMBIO FAJARDO, inscritos en el I.P.S.A bajo los Nrosº 17.619 y 17.559, contra el ciudadano JULIO SEGUNDO POLO RAMOS, venezolano, mayor de dad, titular de la cedula de identidad Nº 10.374.179, representado judicialmente por el abogado HUMBERTO MONSERRAT, I,P.S.A bajo el N° 74106 y contra la Sociedad de Comercio LACTEOS MARGARITA C A, inscrita bajo el N° 42, .....