La ciudadana: ANAIS LUCIA GARCIA MEDINA, ya identificada, compartirá con su hijo IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, cada quince (15) días los fines de semana, los días viernes desde las 10:00 a.m., que la madre lo buscara en el colegio donde estudia el niño hasta el domingo a loas 6:00 p.m., que lo retornará al hogar paterno. Así como también la madre compartirá con su hijo los días de semana, los días martes y miércoles desde las 2:00 p.m., que lo buscara al hogar paterno hasta las 6:30 p.m., que lo retornará al mismo, cada día de los mencionados. En época decembrina el día 24 y 25 de diciembre, el 31 de diciembre y el 01 de enero, así como la época de semana santa y la de carnaval, serán compartidos, un periodo cada uno, de forma alterna, en los años sucesivos. En consecuencia, por cuanto las partes, antes identificadas, se comprometieron a cuidar y velar por el buen desarrollo moral y físico .....