Por lo que en atención a los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control Cinco del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por autoridad de la Ley: Decide: ACTUALIZAR ORDENES DE APREHENSION en contra del ciudadano ANGELO CLMENTE GUTIERREZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD No. 7.941.854, residenciado en la Urg. Pilar, Avd. 2, al lado Norte Csa No. 02-06 Sabaneta, Estado Barinas, debiéndose Oficiar a los Órganos de Seguridad y Orden Público con competencia Nacional, entre ellos Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas y Guardia Nacional, a fin de que sea incluido los datos del referido imputado en el Sistema Automatizado de Registro Policial y materialice la Orden de Aprehensión, con el debido respeto de los derechos y Garantías Constitucionales del referido ciudadano, debiendo ser puesto a la orden .....