DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de aumento de obligación alimentaria, y en consecuencia se establece como obligación alimentaria, la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLIVARES (Bs. 25.000) semanales, e igualmente queda obligado el demandado a pagar la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000) a favor de las citadas niñas, como cuota extra adicional a la obligación alimentaria semanal, en el mes de Agosto, para que las niñas puedan adquirir útiles escolares y uniformes, y otra cuota extra de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000), adicional a la obligación alimentaria semanal, en el mes de Diciembre, para que las niñas puedan adquirir bienes de fin de año, igualmente queda obligado a contribuir con al menos el 50% de los gastos relacionados con calzado, asiste.....