Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en la norma del artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, homologa el acuerdo suscrito por las partes en sus propios términos, SE ACUERDA AUTORIZACIÓN PARA CAMBIO DE RESIDENCIA Y AUTORIZACIÓN DE VIAJE, para que las niñas (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), nacida el día 24/06/2020, de cinco (05) años de edad, con pasaporte venezolano Nº 198595834, con fecha de emisión 15/09/2025 y fecha de vencimiento 14/09/2030 y (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), nacida el día 10/12/2018, de seis (06) años de edad, con pasaporte venezolano Nº 198595876, con fecha de emisión 15/09/2025 y fecha de vencimiento 14/09/2030, cambien su residencia a Santiago de Chile, específicamente a la dirección ALTOS DE MAITEN FEIJOA 58, COMUNA D.....