DECLARA:
PRIMERO: SE REPONE LA CAUSA al estado de verificar la ubicación exacta de la parte demandada de autos, ciudadano SÁNCHEZ FERNÁNDEZ JULIO CESAR, quien es venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° 16.455.037 y domiciliado en el sector Aire Libre, calle La Plata, entre la avenidas 6 y 7, punto de referencia licorería de los señores Yolanda y Hector, municipio Nirgua, estado Yaracuy, tomando en cuenta la declaración efectuada por el Alguacil del TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO NIRGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY; en consecuencia, se ordena oficiar lo conducente al SERVICIO AUTÓNOMO DE IDENTIFICACIÓN, MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA (SAIME), con sede en San Felipe, estado Yaracuy, a los fines de que remitan a este Tribunal el estatus migratorio del ciudadano SÁNCHEZ FERNÁNDEZ JULIO CESAR, anteriormente identificado, a los fines de practicar su citación, conforme lo prevé el artículo 21.....