DECISIÓN
En virtud de las anteriores consideraciones y fundamentos de hechos y de derecho, a tenor de lo dispuesto en los Artículos 362 del Código de Procedimiento Civil, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por DESALOJO DE INMUEBLE, incoara la ciudadana CLARET SUÁREZ DE ORDÓÑEZ, asistida del abogado WILFREDO REQUENA, contra la ciudadana PETTY BERRIS, todos anteriormente identificados.
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada de autos, ciudadana, PETTY BERRIS, antes identificada, hacerle entrega del inmueble ubicado en la Urbanización La Acequia, Bloque 07, Edificio 02, Apartamento 01/05, del Municipio Cocorote del Estado Yaracuy, a la demandante, ciudadana CLARET SUÁREZ DE ORDÓÑEZ, en las mismas condiciones que lo recibió al momento de la firma del co.....