En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de REVISIÓN Y EXTENSION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, interpuesta por la ciudadana, LESLIE MORELLA ALCINA HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.582.130, domiciliada en la calle 8 entre avenidas 3 y 4, Nº C4-86, Chivacoa Municipio Bruzual estado Yaracuy, en su carácter de madre de la joven adulta "Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA", en contra del ciudadano YOHNNY ANTONIO MELENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 7.585.899, domiciliado en la Calle Principal del Caserío Potrero Grande, Nº 700, Araure, estado Portuguesa. En consecuencia, se actualiza la ob.....