DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, y en consecuencia, EXTINGUIDO EL PROCESO DE QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA, incoado por el Ciudadano ASDRUBAL PERNIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 1.798.260, contra MERIS ROSA RAMIRES ORTEGA, MIRIAN HERNANDEZ, YORAIMA ROMERO, MARISOL RODRIGUEZ y LUZMARINA VILLEGAS, venezolanas, mayores edad, titulares de la Cédula de Identidad N° 12.279.582, 7.557.905, 17.073.230, respectivamente, por falta de interés de las partes de la relación jurídica procesal. ASI SE DECIDE.