Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos NOEL ANTONIO ROBERTIZ ARANGUREN Y ESTHER LUCIA MENDEZ ZAMBRANO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad N° 15.598.401 y 17.319.251 respectivamente, residenciados en la calle 2, con caserío Totumillo San Roque Yaritagua, Municipio Peña, estado Yaracuy y en la calle 12, Urb. La Mora, de Yaritagua, Municipio Peña estado Yaracuy, debidamente asistidos por la abogada LILIAN ESCALONA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 63.278. En consecuencia, con respecto al adolescente de autos, este Tribunal establece: PRIMERO: La Patria Potestad y la Resp.....