PRIMERO: CORREGIDO EL ERROR DE MERA NATURALEZA FORMAL en la sentencia de fecha 04 de Octubre de 1982 dictada por el entonces Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito, Agrario, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, hoy, Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Transito del estado Yaracuy, cursante al folio 07 y su vuelto, en la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS interpuesta por los ciudadanos BEATA MAZILKINS YEGERMANNS y PASQUALE OLIVIERI PALUCI, en consecuencia queda identificado el solicitante en la referida sentencia como PASQUALE OLIVIERI PALUCI y téngase el presente fallo como parte integrante de la sentencia dictada por el referido Juzgado en el expediente Nº 2.404, nomenclatura interna de este Juzgado.
SEGUNDO: SE ORDENA oficiar al Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, .....