Con fuerza a las anteriores consideraciones, es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los ciudadanos : FRANCISCO EDUARDO PAREDES PEREZA, de nacionalidad Venezolano, de 25 años de edad, nacido en fecha 27-01-83, quien puede ser ubicado en la Calle Girardot, Sector Cascabel, Casa Sin número, Los Guayos Estado Carabobo, y en el Barrio Ezequiel Zamora, Calle Principal, Casa sin Número, Urachiche, Estado Yaracuy, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.553.255, FRANCISCO JAVIER PAREDES PERAZA, de nacionalidad Venezolano, de 25 años de edad, nacido en fecha 27-01-83, quien puede ser ubicado en la Calle Girardot, Sector Cascabel, Casa Sin número, Los Guayos Estado Carabobo, y en el Barrio Ezequiel Zamora, Calle Principal, Casa sin Número,.....