DECISION
De acuerdo al análisis efectuado, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, basada en el artículo 185-A del Código Civil, interpuesta por los ciudadanos FRANCISCO RIGOBERTO SANDOVAL, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.455.071 y JOSEFINA VALERA GIMENEZ Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.969.125 respectivamente, en consecuencia, SE DECRETA LA DISOLUCION DEL VINCULO MATRIMONIAL contraído por ellos por ante la Prefectura Civil del Municipio Arístides Bastidas Estado Yaracuy, según acta de matrimonio Nº 03 del año 1969.