considera este Tribunal, que lo ajustado a derecho es DECLARA SIN LUGAR la solicitud del Ministerio Público, por cuanto, no se evidencia de la causa que el imputado quiera sustraerse del proceso y no han sido varias las incomparecencia del imputado sino una vez, sin poderse determinar la causal de su ausencia al acto de juicio oral y público. Se ORDENA subsanar notificando al imputado de la sustitución de la medida con sus presentaciones y acuerda notificar a las partes de la presente decisión, específicamente al imputado de la sustitución de la medida.