este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la de la Ley, DECLARA con lugar, la solicitud COLOCACIÓN FAMILIAR, solicitada por el adolescente (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), venezolano, de trece (13) años de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.464.456, residenciado en Crucito, Km. 24, carretera vía Aroa, municipio San Felipe, estado Yaracuy, asistido por la abogado YRELA YSABEL CHAM RODRÍGUEZ, Defensora Pública Décima, adscrita a la Unidad Autónoma de Defensa Pública de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy y con competencia en Materia de Protección del Niño y del Adolescente, a la ciudadana IRMA QUERO CABALLERO, mayor de edad, obrero, titular de la cédula de identidad N° 7.555.712 domiciliada en Crucito, Km. 24, carretera v.....