En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de Divorcio fundada en el articulo 185, numeral 2do del Código Civil, presentada por la ciudadana FREALI GRISEL PERALES MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.503.068, domiciliada en la calle principal de la urbanización Brisas de Quibayo, sector Aguaruca del municipio Urachiche del estado Yaracuy, asistida por el abogado OMAR RAMON ROJAS CASTILLO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 114.267, en contra del ciudadano RICHARD ANTONIO SANCHEZ OSORIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.082.033, domiciliado en la calle principal del sector Aguaruca frente al mamón del municipio Urachich.....