En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado de Primera Instancia Penal, en funciones de Control N° 2 de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, adscrito al Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley" DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de los adolescentes (IDENTIDADES OMITIDAS), en causa por la comisión de un DELITO CONTRA LA PROPIEDAD y FUGA DE DETENIDOS, en perjuicio de los ciudadanos HERNÁN JOSÉ SÁNCHEZ, JULIO CÉSAR CAMACHO y el ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con la previsión contenida en el artículo 562 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.