En mérito de las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy; Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de a Ley, declara SIN LUGAR, la solicitud de Régimen de Convivencia Familiar, presentado la Fiscal Séptima del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, con Competencia en Materia de Protección del Niño y del Adolescente, actuando por solicitud del ciudadano FREDDY DOMINGO MOTA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.767.667 domiciliado en la Urbanización Tricentenaria, vereda 5, casa Nº 5, Yaritagua, Municipio Peña del Estado Yaracuy, en su condición de padre de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, en contra de la ciudadana NEXDIS MARY ACACIO Venezola.....