PRIMERO: SIN LUGAR la oposición opuesta por la parte actora ciudadano NELSÓN JOSÉ QUIROZ SUÁREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 4.385.868, de este domicilio, representado por su Apoderado Judicial el Abg. JOSÉ ALFREDO MANZANILLA, titular de la cédula de identidad Nº V.- 10.860.947, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 138.697, en cuanto a las pruebas promovidas por la parte demandada ciudadana MARÍA VALENTINA DARIAS DE FRIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 13.985.700, representada judicialmente por los Abg. JESÚS DAVID ANTIAS GONZÁLEZ y MIGUEL ANGEL MARTÍNEZ PARRA, inscritos en inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 39.649 y 56.073, respectivamente, en el juicio DESALOJO DE INMUEBLE, llevado por ante este Tribunal. SEGUNDO: Procédase a la admisión de las pruebas por auto separado. TERCERO: Por cuanto hubo vencimiento total se condena en costas de .....