En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y por considerarlo procedente en beneficio e interés de la niña de autos, a que se le brinde protección, afecto y educación, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de COLOCACIÓN FAMILIAR, presentada por la ciudadana "DATOS OMITIDOS", venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.614.627, domiciliada en Las Mercedes, sector El Milagro, calle 04 N° 54, municipio San Felipe, estado Yaracuy, asistida por el abogado REYNALDO GOMEZ, Defensor Público Cuarto adscrito a la Defensa Pública de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy y con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en beneficio de la niña "IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTA.....