En razón de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, al desistimiento efectuado por el abogado José Luis Ojeda Escobar, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante Iván Manuel Goncalves F., en fecha 11 de agosto de 2.004, otorgándole su APROBACION, en consecuencia se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.
Se suspende la medida embargo preventivo sobre bienes muebles decretada por este Tribunal en fecha 11 de febrero de 2004, y practicada por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia, Veroes, Bolívar y Manuel Monge de esta Circunscripción Judicial. Ofíciese a la depositaria provisional de los bienes embargados, ciudadana Gregoria Josefina López Morales.
Publíquese, re.....