Por todos los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, interpuesta por los ciudadanos ENRIQUE JOSÉ ROTUNDO RINCON y NATHALIE KARINA RANGEL MEZA, venezolanos, mayores de edad, casados y titulares de la cédula de identidad número V- 12.284.751 y V-12.726.817 respectivamente, el primero domiciliado en la avenida 7, entre calles 13 y 14, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy y la segunda en la calle La Línea, casa número 02-83, Aroa, Municipio Bolívar, Estado Yaracuy, en consecuencia se DECRETA LA DISOLUCIÒN DEL VINCULO MATRIMONIAL contraído entre ellos, el día quince (15) de diciembre de dos mil tres (2003), ante el Registro Civil del Municipio Bolívar del Estado Yaracuy hoy día Coordinación del Registro Civil del M.....