Por todo lo antes expuesto, consideran cumplidos los requisitos exigidos por la ley, para la procedencia de la solicitud, en consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos ALEJANDRO ENRIQUE LAYA PEREZ Y ELSY MARIEN PANIAGUA DE LAYA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 10.786.506 y 12.101.052, domiciliados en la Av. 3, Edif. Doña Margot, Apartamento 14-4, Municipio Nirgua estado Yaracuy y en la calle 5, entre Av. 6 y 7, Sector Plaza Sucre, Municipio Nirgua, estado Yaracuy, debidamente asistidos por la Abogada YENNITT ROSANGEL PANIAGUA SUAREZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 102.659, y de conformidad con l.....