Con base en las anteriores consideraciones este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE por la materia para conocer de la acción de amparo constitucional, ejercida por la Abg. Thaidis Castillo Pérez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 133.881, en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil Corporación Inlaca, C.A., contra el Sindicato Único de Trabajadores de Cadipro Yaracuy (SUTCY) de la referida empresa, en la persona de los ciudadanos Carlos Enrique Barico Traviezo, Eric Germán Mudarra Rivero, Pastor José Cordero, Rigoberto Antonio Soto, Robert Evelio Castillo Cárdenas, José Luis Pérez Bonifaz y Bladimir Antonio Meléndez, titulares de las cédulas de identidad números 11.277.381, 13.795.459, 12.282.076, 12.936.204, 13.985.047, 24.633.192 y.....