de conformidad con lo establecido en el primer aparte del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 269 eiudem declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el presente proceso, de DIVORCIO contenida en la Causal segunda del articulo 185 del Código Civil, incoada por la ciudadana: ISBELIA ò ISVELIA JOSEFINA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad Nro. V-3.846.631, domiciliada en la urbanización Flaminio Cordido, sector 01, calle 07, casa No. 18, de la población de Guama, municipio autónomo Sucre del estado Yaracuy, asistida por el abogado en ejercicio: Francisco A. Wohnsiedler S., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 30.320, contra el ciudadano: PABLO JULIAN GONZALEZ CURVELO, venezolano, mayor de edad, comerciante, casado, titular de la cedula de identidad Nº V-2.094.162, residenciado en la calle el silencio, sector el cementerio, casa No. 70, Guama municipio Sucre del estado Yaracuy.....