En virtud de lo anterior, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE en razón de la materia, para seguir conociendo en el presente juicio de NULIDAD DE DOCUMENTO, de conformidad con lo previsto en el Ordinal 11° del Artículo 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en concordancia con los Artículos 28 y 60 del Código de Procedimiento Civil, incoada por el ciudadano YONYS RAFAEL PEREZ MONTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-7.592.415, actuando en representación de la ASOCIACION CIVIL RED SOCIALISTA DE PRODUCTORES EN INVERNADEROS DEL ESTADO YARACUY (REDSPINY), asistido por la abogado y luego ejerce su representación Abogada YOSMAR LEIDIBEL DUIN GRIMAN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-14.337.877, e.....