DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Quinto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
A) Se acuerda imponer Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad del artículo 256 ordinales 8º del Código Orgánico Procesal Penal, quedando en consecuencia obligado el imputado a la presentación de una caución en la modalidad de dos fiadores, a favor del ciudadano FRANCISCO JAVIER LINAREZ LOPEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, Caletero, fecha de nacimiento 04-07-1974, de 32 años de edad, natural de San Felipe, Estado Yaracuy, titular de la Cedula de Identidad Nº 12.937.156, residenciado: Avenida 13 Casa Nº 16, Urbanización San Antonio, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previstos y sancionad.....