DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Quinto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta: Se declara sin lugar la revisión de la medida cautelar de presentación, en la modalidad AMPLIACION DEL REGIMEN DE PRESENTACION, y se ratifica la presentación periódica cada 15 días por ante la Taquilla de Presentación de Imputados de este Circuito Penal; en donde se encuentran como imputados los ciudadanos OBDULIO ANTONIO GARCIA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.237.417, de 47 años de edad, de oficio mecánico, residenciado en la Urbanización la Aminta Abreu, avenida 06,con calle Nº 4, Nº 08, Yaritagua Estado Yaracuy; FELIX JOSE BARRETO, Venezolano, natural de Yaritagua; de 21 años de edad, soltero, de profesión u oficio Estudiante, titular de la Cedula de Identidad Nº 17.984.29.....