ACUERDA: conceder la AUTORIZACION JUDICIAL a la ciudadana EUGENIA YARITZA SOTO LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.314.649, domiciliado en la Urbanización Valle Verde, calle 7, casa s/n, Marín, Municipio San Felipe del estado Yaracuy, en su condición de tutora definitiva del niño y adolescente : IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE, de ocho (08) y trece (13) años de edad, respectivamente, quien se encuentran asistidos por la abogada YAMILET NORELYS MORGADO BEAMÓNT, Defensora Pública Segunda adscrita a la Unidad de la Defensa Pública de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, proceda a cobrar la suma de dinero que le corresponda al niño y adolescente de autos por la pensión de sobreviviente del padre, De Cujus GUILLERMO MEZA, quien se identificaba con el Nº 826.190, fallecido en fecha 20 de junio de 2006, trabajador jubilado de Pequiven, asimismo se le autor.....