Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio Fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos YOHANA CAROLINA TORRES TORRES Y FRANKLIN ROBERT ORTEGA HENRIQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 16.454.900 y 15.455.918 respectivamente, domiciliados la primera en la avenida 6, entre calles 5 y 6, casa Nº 20-1, Municipio Nirgua del estado Yaracuy y el segundo en el callejón que conduce a la casa de barro, en el caserío Hato Viejo del Municipio Nirgua del estado Yaracuy, debidamente asistidos por la abogada LINA MARLEN AMER PINTO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 27.578. En consecuencia, con respecto a la niña de autos, e.....