MEDIDA PREVENTIVA DE CUSTODIA PROVISIONAL a favor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, nacido el día 29 de mayo de 2009, de catorce (14) años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 33.511.460,, quien deberá permanecer con su padre el Ciudadano DIONIS DALVIS ARROYO ARREVILLALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.265.249, domiciliado en la calle 18, entre carreras 13 y 14, Yaritagua, Municipio Peña, estado Yaracuy, quien tendrá la obligación de brindarle cuidado y protección, mientras se desarrolla el presente procedimiento. A los fines de garantizarle el derecho al niño de marras, a tener contacto con su progenitora, ciudadana DEISY CAROLINA GODOY PRADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 17.256.864, tal como lo dispone el artículo 27 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas Adolescentes, se establece que la misma podrá visitarla las veces que lo consideren conveniente en el hogar donde ésta habita, siempre .....