DISPOSITIVA
Por las razones antes explicadas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por Desalojo de Inmueble (Local comercial), intentó el ciudadano ANTONIO CIROCCO MINELLI, quien es venezolano, mayor de edad, domiciliado en Barquisimeto, estado Lara, y titular de la cédula de identidad Nº 10.841.429; representado judicialmente por la abogada en ejercicio KAREN Y. ORTIZ BRACHO, domiciliada en Chivacoa, municipio Bruzual del estado Yaracuy, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 115.914; contra la ciudadana SORAYA ELVIRA QUIROZ LUGO, quien es venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 7.583.214; representada por la Defensora Ad litem, abogada en ejercicio.....