´DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE DESALOJO DE INMUEBLE (LOCAL COMERCIAL), interpuesta por el Abg. RZEMIEÑ FREYTEZ REINALDO JOSÉ, inscrito en el Inpreabogado con el N° 28.608, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano AVENDAÑO KREUBELL CARLOS EDUARDO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 7.512.984,con domicilio procesal ubicado en el conjunto residencial Caña Dulce, "Torre B o Trapiche", apartamento N° B-8, avenida Alberto Ravell, municipio Independencia, estado Yaracuy, contra el ciudadano VALERA RANGEL OSWALDO ANTONIO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 8.373.166, con domicilio en la calle El Terminal, sector Sabaneta, municipio Independencia, estado Yaracuy, sobre el local comercial ubicado en la avenida Intercomunal San Felipe – Marín, La Catalana, municipio Independencia del Estado Yaracuy, distinguido como: LOCAL – E, con un área de terreno DOSCIENTOS ONCE CON CATOR.....