Con base a las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Se REVOCA la Colocación Familiar de la adolescente (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),
, nacida en fecha 24 de marzo de 2009, quien se encuentra bajo la Responsabilidad de Crianza de su tía materna, la ciudadana NAYIBE DE JESUS BOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.965.998, residenciada en la urbanización San Gerónimo, calle 3, casa Nº 10, color de la casa verde con el portón negro, municipio Cocorote, estado Yaracuy estado Yaracuy.