En razón de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Imparte su HOMOLOGACION, al desistimiento efectuado el día 01 de Agosto de 2024 (folio 31), por la parte actora, ciudadano ALDO FRANCISCO ADAMI AZO, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad número. V-13.095.957, domiciliado en la población de Guama, Municipio Sucre, Estado Yaracuy. tlf- 04127932205; email: grandioso66@hotmail.com , en mi carácter de representante de la empresa ITALMECANICA, C.A. debidamente registrada por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, bajo el Numero 160, Tomo: XXIV, adicional 1 de fecha 29 de Julio de 1974, modificada por ante el Registro Mercantil del Esta.....