DECISION
Este Tribunal Penal de Primera Instancia en funciones de Control N° 03, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY decide de la siguiente manera: PRIMERO: Califica la aprehensión como FLAGRANTE de los ciudadanos LEUDIS JOHAN MILLA OSORIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.546.700, natural de Independencia, Estado Yaracuy, fecha de nacimiento 19/08/86, de 23 años, residenciado en la calle 33, entre avenidas 06 y 07, Casa N° 6-19, color rosada, diagonal de la Escuela Básica "Independencia" de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer de un camión y RANDY JOSUÉ MILLA OSORIO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.466.099, natural de San Felipe, Estado Yaracuy, fecha de nacimiento 14/01/91, de 18 años, residenciado en la calle 33, entre avenidas 06 y 07, Casa N° 6-19, color rosada, diagonal de la Escuela Básica "Independencia" de estado civil soltero, de.....