: PRIMERO: SUSPENDER la presente Oferta Real hasta tanto la parte solicitante ciudadana YOLANDA JOSEFINA SÁNCHEZ CARRILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V. 11.277.040, de este domicilio, retire y consigne nuevos cheques de gerencia a nombre del Juzgado, por un monto de CIENTO VEINTICINCO MIL BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs.125.000,00) cada uno, a los fines de que este tribunal de cabal cumplimiento a lo establecido en el artículo 824 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: Se ordena la notificación de la ciudadana YOLANDA JOSEFINA SÁNCHEZ CARRILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V. 11.277.040, a los fines de que consigne nuevos cheques de gerencia a nombre del Juzgado, por un monto de CIENTO VEINTICINCO MIL BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs.125.000, 00) cada uno, a los fines de que este tribunal de cabal cumplimiento a lo establecido en el artículo 824 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. TERCERO: No ha.....