En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y por considerarlo procedente en beneficio e interés del adolescente de autos, a que se le brinde protección, afecto y educación, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de COLOCACIÓN FAMILIAR TEMPORAL, presentada por la Fiscal Séptima del Ministerio Público de este estado a solicitud de la ciudadana PETRA MERCEDES PERALTA DE NAVAS, en su carácter de abuela materna de la adolescente "Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA", en contra de los ciudadanos YXELIS YUSMARI NAVAS PERALTA y CARLOS ALBERTO CARRILLO TOVAR, de conformidad con lo establecido en los artículos 75 Constitucional, 8, 25, 26, 27, 345, 358, 394, 396 y 400 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños.....