ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Califica como flagrante la detención del adolescente William José Orozco Clisanchez, titular de la cedula de identidad Nº 20.891.390, de 17 años de edad, de oficio Buhonero, residenciado en la Morita Vieja, Vía Vijagual, en la calle bajando por el Hotel Wilson, por el camino de tierra donde están los ranchos, cerca de la laguna, familia Orozco, por la presunta comisión del delito de Robo de Vehículo Automotor previsto y sancionado en el Art. 5 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos automotores con las agravantes del artículo 6 numerales 1, 2 y 3 y Extorsión previsto y sancionado en el Art. 459 del Código Penal, por estar llenos los extremos del Art. 557 de la L.O.P.N.N.A y Art. 248 del COPP, por haber sido aprehendido en el momento de estarse verificando el hecho punible, como lo indica el acta de investigación penal de fecha 03/07/20.....