sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurias fomentadas en un área de terreno propiedad Municipal, consistente de Ciento Veinte metros cuadrados (120 Mts2), con una superficie de Diez (10 Mts) de frente, por Doce metros (12 Mts) de fondo, ubicado en la Calle Principal de las Colinas del Chaparral, sector el Chaparral, del Municipio Autónomo Cocorote del Estado Yaracuy; consistente en: Un Rancho de bahareque, con paredes de zinc, techo de zinc, con viga de hierro, piso de cemento pulido, cercado en Alambre de púas; cuyos linderos son: NORTE: Rancho que es o fue de Odalis Arias; SUR: Rancho que es o fue de M.....