Por todo lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en sede de alimentos y procediendo de oficio por la naturaleza de orden público de los Derechos Alimentarios, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: Extinguida la Obligación Alimentaría convenida en el procedimiento de FIJACION DE LA OBLIGACION ALIMENTARIA, suscrita entre la ciudadana VIVIANA NORETH PUERTA GUTIERREZ, en representación de sus hijos JUAN CARLOS, JESUS ALBERTO, VIANNY INES, VIANNY IRENE Y CARLA NORELYS ROMERO PUERTA y el ciudadano CARLOS OMAR ROMERO ARAUJO; por haber alcanzado los beneficiarios JUAN CARLOS, JESUS ALBERTO, VIANNY INES, VIANNY IRENE Y CARLA NORELYS ROMERO PUERTA, la mayoría de edad. SEGUNDO: Se da por terminada la presente causa y archívese el expediente en su oportunidad.