este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por DESALOJO fundamentada en los numerales 1º y 2º del artículo 91 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas, intentada por la ciudadana ANA AURORA GRUPPILLO DE VALLARELLI, contra el ciudadano OSWALDO GABRIEL GIMENEZ LO PILATO, ambos plenamente identificados en la parte narrativa del presente fallo.
SEGUNDO: En consecuencia se condena al ciudadano OSWALDO GABRIEL GIMENEZ LO PILATO a DESALOJAR el inmueble que ocupa como arrendatario, ubicado en la Avenida Alberto Ravell, Urb. Las Brisas, Casa Nº 12, Municipio Independencia del Estado Yaracuy, debiendo restituir dicho inmueble libre de bienes, persona y en buen estado de uso y condiciones en .....