Después de revisadas las actuaciones y elementos que conforman a la presente causa considera quien juzga, se cumplen los requisitos de Ley, en consecuencia, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: conceder AUTORIZACION JUDICIAL a la ciudadana GILDA MARIBEL QUIROGA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-12.282.240, con domicilio en San Javier, calle La Guamita, casa No. 98, municipio San Felipe del Estado Yaracuy, en su condición de madre y representante legal de la adolescente y niño (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), respectivamente, asistidos por la Abg. Yamilet Morgado, en su carácter de Defensora Public.....