DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y como consecuencia de ello establece al ciudadano: DANIEL JESÚS TEJEDA CARRERA venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.780.557 y de este domicilio, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención mensual a favor de los niños (Identificación Reservada), de este domicilio, por la cantidad de de CIEN BOLÍVARES (Bs. 100,00) semanales, pagaderos los viernes, los cuales entregará directamente a la madre de los referidos beneficiarios o consignándolos por ante este Juzgado o en la cuenta de ahorros que al efecto se abra para tal fin.-
Segundo: Cumplir, adicional a la cuota de manutención, con pagar una cuota extra de SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 600,00), en el mes de ago.....