En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial de Estado Yaracuy, actuando bajo el interés Superior del Niño, Niña y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley;
DECLARA
PRIMERO: CON LUGAR; la solicitud de OFRECIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCIÓN formulada por el ciudadano LUIS SAMUEL MIMO MOROS, plenamente identificado en autos, contra la ciudadana MARIOLGA DISNEY ORDOÑEZ RUIZ, en beneficio de sus hija IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE.