este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente demanda de Divorcio y declara disuelto el vinculo matrimonial, que unía a los ciudadanos JESÚS RAMÓN HERNÁNDEZ PERALTA y GABRIELA ERUBISKI MARICHAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad 11.278.785 y 12.938.999 respectivamente, de conformidad con el Artículo 185-A del Código Civil.
En cuanto a al adolescente identidad omitida según articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescente y al niño identidad omitida según articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescente, de 17 y 10 años de edad respectivamente, este Tribunal establece: PRIMERO: Ambos padres ejercerán conjuntamente la Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza. SEGUNDO: La Custodia la ejerc.....