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Decisiones del dia 17/10/2016 |
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N° Expediente :
UP11-J-2016-001559
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N° Sentencia :
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Fecha: 17/10/2016 |
Procedimiento: Homologación Obligación De Manutención |
Partes: YHENCY YIBELLY PEÑA MENDOZA Y JESÚS ALEXANDER VILLALOBOS LÓPEZ |
Resumen:
PRIMERO: El padre aportará la cantidad de VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 20.000,00) MENSUALES, que deberán ser depositados en la cuenta corriente del BANCO BICENTENARIO Nº 01750352930071576538. SEGUNDO: En cuanto a los gastos escolares, el padre aportará la primera quincena del mes de agosto la cantidad adicional de CUARENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 45.000,00), siendo que el padre comprará uno de los uniformes escolares y la madre otro uniforme escolar, y parte de los útiles escolares de su hija. En caso de un gasto adicional ambos padres aportarán el cincuenta por ciento de los gastos previa presentación de facturas. En cuanto a los gastos decembrinos, el padre aportará la cantidad adicional de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000,00), y juguete de uno de los días festivo y la madre de otro día festivo. En caso de un gasto adicional ambos padres aportarán el cincuenta por ciento de los gastos previa presentación de facturas. TERCERO: Con respecto a las consultas médicas, medicinas, e.....
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Juez/Ponente:
Belkis Morales de Rodriguez
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Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen
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N° Expediente :
UP11-J-2014-001572
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N° Sentencia :
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Fecha: 17/10/2016 |
Procedimiento: Homologación Obligación De Manutención |
Partes: NEIKER MIGUEL MENDOZA DIAZ Y ENDRIANA YULIBETH OJEDA RANGEL |
Resumen:
EN CUANTO A LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN: El padre aportará la cantidad de TRES MIL BOLÍVARES (Bs. 3.000,00) semanales, que serán depositados en la cuenta de ahorros que la madre abrirá para tal fin. En cuanto a los gastos escolares serán cubiertos por ambos padres en un 50%, el padre aportará un gasto mínimo de TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs. 30.000,00). Con relación a los gastos médicos, medicinas, ropa, calzado y cualquier otro gasto extra ocasionados de la manutención de los niños, serán cubiertos en un 50% por cada uno de los progenitores, previa presentación de facturas. EN CUANTO AL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR: El progenitor compartirá con sus hijos cada quince días, los sábados a partir de las 10:00 a.m. hasta el domingo a las 12:00 p.m. En Carnaval con la madre y semana Santa con el padre, siendo alternados en los años sucesivos. El día del padre con el padre. El día de la madre con la madre. El día de cumpleaños de los hijos será mediodía con cada uno de los padres. Vacaci.....
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Juez/Ponente:
Belkis Morales de Rodriguez
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Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen
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N° Expediente :
UP11-J-2016-001526
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N° Sentencia :
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Fecha: 17/10/2016 |
Procedimiento: Homologación Obligación De Manutención |
Partes: ENEIDA ROSA HERNANDEZ GÓMEZ Y FELIX ELEAZAR AULAR TORREALBA |
Resumen:
El padre aportará la cantidad de DIEZ MIL OCHOCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 10.800,00) cancelados quincenalmente, que serán depositados en la cuenta corriente del BANCO BICENTENARIO Nº 01750438050073104799, a nombre de la madre o en su defecto serán entregados directamente a la madre quien firmará recibo. En el mes de septiembre el padre deberá aportar el 50% de los gastos escolares, uniformes y útiles escolares del adolescente. Asimismo, deberá cubrir el 50% de los gastos de ropa, calzado, gastos médicos, medicinas y cualquier gasto extra ocasionado de la manutención del adolescente de autos.
De las actas que conforman el presente expediente se evidencia que las partes han llegado a un acuerdo con relación a la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN Y RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR a favor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE
, que por su naturaleza es permitida la conciliación o mediación, no vulne.....
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Juez/Ponente:
Belkis Morales de Rodriguez
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Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen
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