DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y en consecuencia establece al ciudadano: JACKSON ALEXANDER MARIN AGUILAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.722.691, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención mensual a favor de su hijo el niño: identificación reservada y de este domicilio, por la cantidad de CUATROCIENTOS NOVENTA BOLIVARES (Bs.490,00)) mensuales, que deberá entregar directamente a la madre del niño referido o en su defecto consignarlos en efectivo, al inicio de cada mes, por ante este Juzgado o en la cuenta de ahorros que al efecto se abra para tal fin.-
Segundo: Cumplir, adicional a la cuota de manutención, con pagar una cuota extra de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,00) entre el día quince del.....