En consecuencia, por cuanto se evidencia que se encuentran cumplidos los extremos de Ley, este Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA a los ciudadanos JUAN JOSÉ JUAREZ CISNEROS, JOSÉ VALENTIN JUAREZ GALINDEZ, JOSÉ JAVIER JUAREZ CISNEROS JHOAN JOSÉ JUAREZ CISNEROS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números 13.770.676, 16.260.095, 17.247.774, 17.247.772, y al niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE, venezolano, nacido en fecha 13 de febrero de 2016, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JOSÉ VALENTIN JUAREZ, quien en vida era venezolano, mayor de edad, soltero y titular de la cédula de identidad Nº 4.970.462, fallecido en fecha 16 de octubre de 2016, en sus caracteres de hijos; sin perjuicio .....